Micelio
Auto21 de julio de 2011

A- de 2011

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Ernesto Jorge Clavijo Sierra

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso
  • Vulneración por falta de notificación a las partes o a un tercero con interés legítimo y declaración de nulidad de lo actuado
Notificacion En Proceso De Tutela
  • Se rige por los Decretos 2591/91, 1382/00 y el Código de Procedimiento Civil
Nulidad Accion De Tutela Por Falta De Notificacion
  • Si partes o terceros la solicitan se deberá declarar y ordenar que se rehaga la actuación
Nulidad Accion De Tutela
  • Técnicas implementadas para subsanarla
Proceso De Tutela
  • Notificación de iniciación de la acción a las partes y terceros con interés legítimo
Accion De Tutela Contra Universidad Y Secretaria Distrital De Planeacion En Materia De Concurso Publico De Meritos Para Curador Urbano
  • Nulidad de todo lo actuado desde auto admisorio de la demanda y ordenar rehacer proceso vinculando a las partes y tercer
Juez Constitucional
  • Obligación de integrar debidamente el contradictorio
Juez De Tutela
  • Debe asumir facultades oficiosas para garantizar el debido proceso
Principio De Informalidad De La Accion De Tutela
  • No es absoluto y no implica violación del debido proceso
Acción De Tutela
  • Notificación de providencias a partes o intervinientes por el medio que el juez considere más expedito y eficaz
10 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Nulidad de actuaciones.

Con el presente auto se declara la nulidad de todo lo actuado dentro del proceso de tutela desde el auto admisorio, excepto las pruebas allegadas y practicadas.

Se dispone devolver el expediente al juzgado de primera instancia, ordenándole rehacer el proceso y vincular a la totalidad de las partes, incluyendo a los terceros con interés legítimo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. CORREGIR el texto del ordinal
  2. primero. de la parte resolutiva del Auto 165 de 2011 y, en consecuencia, donde dice "(...) a acepcion de las pruebas allegadas y practicadas (...)", debe entenderse "(...) a excepcion de las pruebas allegadas y practicadas (...)".
  3. Segundo. De acuerdo con lo anterior, el texto del ordinal
  4. primero. de la parte resolutiva del Auto 165 de 2011 quedara asi:
  5. "
  6. PRIMERO. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el presente proceso de tutela desde el auto admisorio de la demanda, proferido por el Juzgado
  7. Sexto. Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bogota, de fecha 3 de diciembre de 2010, a excepcion de las pruebas allegadas y practicadas, y ORDENAR a este ultimo que, como juez de primera instancia, rehaga el proceso vinculando a la totalidad de las partes, incluidos los senores Fernando Molina Cubillos, Vittoria Eugenia Perlaza Nicoli, Gladys Sanchez Sanchez y Juana Sanz Montano, en calidad de terceros con interes legitimo."
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.